AMLO debe actuar contra Peña Nieto y Lozoya, demanda PRD ante la Permanente

Google + Pinterest Linkedin Tumblr +

México, 4 de Jul.- La Coordinadora del GPPRD, Verónica Juárez Piña, advirtió que en un auténtico Estado de Derecho no caben los pactos de impunidad; la Secretaría de la Función Pública y la Fiscalía Anticorrupción deben proceder conforme a la ley, no por consigna.

El Gobierno de Andrés Manuel López Obrador y la Fiscalía General de la República a cargo de Alejandro Gertz Manero, deben ser congruentes con su supuesto compromiso de luchar contra la corrupción, la inmoralidad y la impunidad, sostuvo la legisladora.

Juárez Piña, mediante un Punto de Acuerdo presentado ante la Comisión Permanente, demandó  “investigar y, en su caso, procesar penalmente al ex presidente Enrique Peña Nieto y al ex director de PEMEX, Emilio Lozoya Austin, por su presunto contubernio con la empresa Odebrecht en sus ilícitos contra el Estado Mexicano”.

Enfatizó que en otros 12 países, sin tanta demagogia de lucha contra la corrupción de por medio, se haya destituido y encarcelado a presidentes y ex presidentes por su complicidad con la compañía brasileña.

En México, en cambio, el presidente López Obrador empaña el ejercicio público al garantizar, aparentemente, impunidad a su predecesor a pesar de los múltiples indicios de su colusión en el desfalco a las arcas nacionales.

En este tenor, la coordinadora parlamentaria cuestionó la inacción de la actual Fiscalía Especializada en Delitos Electorales, dependiente de la Fiscalía General de la República (FGR), según la cual la denuncia presentada desde 2012 por el PRD contra Peña Nieto “precluyó”, es decir, se perdió la oportunidad de procesar a los cómplices de Odebrecht en México por el simple paso del tiempo y la inacción de las autoridades.

Recordó que los delitos de corrupción se persiguen de oficio y no requieren denuncia alguna para ser investigados, por lo cual tanto la Secretaría de la Función Pública y la Fiscalía Anticorrupción – a cargo de Irma Eréndira Sandoval y María de la Luz Mijangos, respectivamente – deben proceder en este asunto a la brevedad conforme a sus facultades.

A mayor abundamiento señaló que desde julio de 2016 son perseguibles de oficio los delitos de ejercicio ilícito de servicio público, abuso de autoridad, coalición de servidores públicos, uso ilícito de atribuciones y facultades, recibo indebido de remuneraciones, concusión, intimidación, ejercicio abusivo de funciones, tráfico de influencias, cohecho, peculado y enriquecimiento ilícito, por lo que nada en la ley les impide actuar ya.

“En esta reforma –de 2016- se estableció que los tipos penales entrarían en vigor una vez que la Cámara de Senadores hubiera nombrado al Fiscal Anticorrupción, nombramiento que se produjo el 8 de febrero pasado en favor de María de la Luz Mijangos”, puntualizó la legisladora.

Compartir.

Dejar una respuesta