Pierde el SAT 61 de 69 juicios contra “factureras”

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No ha sido del todo eficaz al parecer la estrategia de lucha contra las empresas “factureras”, de parte del Sistema de Administración Tributaria (SAT).

Numerosos vacíos legales o de plano, una deficiente configuración de las diferentes teorías de los casos presentadas a los juzgadores, han provocado este incipiente, pero ya estrepitoso fracaso en la cobranza y recuperación de los adeudos.

El órgano ejecutor tributario informó desde el pasado 29 de junio, que 69 empresas a las que había señalado como emisoras de comprobantes fiscales por actividades inexistentes fueron eliminadas de su lista.

En 61 casos, el SAT perdió juicios en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) o ante tribunales colegiados de circuito y, casi todas las sentencias adversas, fueron por fallas en formalidades que debieron realizarse durante los procedimientos.

Las causales más comunes de las resoluciones adversas al Gobierno Federal, fueron por  exceder el plazo legal entre la primera notificación de presunción de operaciones inexistentes y la resolución final del procedimiento; falta de firma electrónica de los funcionarios del SAT en los documentos y designación de empresas que ya estaban liquidadas y por tanto no podían contar con activos o trabajadores, entre otras.Image

Hay ejemplos como el  de Construdimensiones, una empresa de Guadalajara que, en un período de menos de un año entre 2013 y 2014, expidió 27 facturas por “subcontratación” y “servicios” que sumaron 466.8 millones de pesos, pese a que no presentó declaraciones de impuestos en 2014.

En septiembre de 2019, el TFJA resolvió que la empresa no estaba obligada a presentar declaraciones porque había iniciado su proceso de liquidación en noviembre de 2013, pero todavía en 2017, cuando la investigó, el SAT la tenía registrada por error como “activa” en su base de datos.

En los ocho casos restantes, el propio SAT revocó la designación inicial luego de un procedimiento interno en que cada empresa acreditó que sí existieron las operaciones o servicios consignados en las facturas.

No obstante, éste advirtió a las compañías que ganaron los litigios que podría ir de nuevo sobre ellas.

“El hecho de que los contribuyentes hayan obtenido una resolución favorable en contra de oficios de presunción y/o de resolución definitiva no les exime de la responsabilidad que tengan respecto de otros comprobantes fiscales que hayan emitido, por lo cual se dejan a salvo las facultades de la autoridad fiscal”, aseveró.

Las 69 presuntas factureras eliminadas son una porción mínima del universo detectado desde 2014 por el SAT, que sólo el pasado jueves notificó a 116 personas físicas y morales que se presume que incurrieron en la conducta prevista en el artículo 69-B del Código Fiscal, mientras que a otras 55 se les incluyó de manera definitiva en esa lista.

La semana pasada, Grupo Reforma publicó que en un período de tres semanas entre mayo y junio, inició procesos contra al menos 25 factureras que expidieron comprobantes por 10 mil 204 millones de pesos, mientras que el Gobierno presentó, el 24 de junio, denuncias penales contra 43 empresas que facturaron 93 mil millones de pesos a más de 8 mil personas físicas y morales.

Al realizar los procedimientos contra presuntas factureras, el SAT incurrió en errores como:

-Incumplir el plazo legal entre la primera notificación y la resolución final del procedimiento.

-Falta de firma electrónica de los funcionarios del SAT en los documentos.

-Seguir procedimientos a empresas ya liquidadas.

-Otras empresas demostraron que sí existieron las operaciones.

FUENTE ; AGENCIAS , ENLACE INFORMATIVO 06-07-2020

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